Las Juntas de Carrera son órganos permanentes de asesoramiento de los Directores de cada una de las Carreras, y cuando su asesoramiento le sea requerido, de los órganos de gobierno de la Facultad.
Cada Junta de Carrera está compuesta por 5 representantes de cada uno de los 3 claustros: Estudiantes, Profesores (sólo se consideran como tales los cargos de adjuntos, asociados y titulares) y Graduados.
La integración de la representación será de 3 por la mayoría y 2 por la minoría en cada uno de los claustros.
La minoría tendrá derecho a la participación siempre que obtenga por lo menos el 33% de los votos emitidos a fin de elegir los representantes de la junta. Si no alcanzarán esa proporción, pero si alcanzan al menos el 15% podrá ser segunda minoría, correspondiéndole un representante en la junta.
Si nadie alcanzara el 15%, la totalidad de los cargos los ocuparán la mayoría.
La Dirección de la Carrera también contará un Secretario Académico y un Coordinador Técnico, ambos designados por el Decano a propuesta del Director de la Carrera.
¿Quiénes pueden ser consejeros de junta?
Por profesores: Todos los profesores regulares y consultos de las carreras cualquiera sea su categoría y situación.
Por graduados: Los graduados de la carrera y los docentes auxiliares que acrediten dos cuatrimestres continuos en el cargo.
Por estudiantes: Los estudiantes que tengan aprobadas al menos el 20% de las materias de la carrera, sin CBC.
Ningún elector podrá figurar inscripto en el padrón correspondiente a más de un claustro.